El propósito de este reglamento es describir las situaciones en las que se puede pedir a un usuario que abandone las instalaciones de la biblioteca. El documento también contiene un Código de conducta del usuario e instruye de qué manera este Código debe ponerse a disposición del público.
Fecha de entrada en vigor:
13 de agosto de 2015
Fecha de revisión:
4 de octubre de 2017
11 de febrero de 2021
14 de noviembre de 2024
Política sobre usuarios disruptivos
a. Se podrá pedir a un usuario cuyo comportamiento perturbe el uso de la biblioteca por parte de otros usuarios que abandone las instalaciones de la biblioteca. Un usuario que se niegue a irse en estas circunstancias estará permaneciendo sin autorización. El miembro del personal encargado será responsable de gestionar el problema de acuerdo con los procedimientos de la biblioteca y podrá solicitar ayuda a la dirección de la biblioteca o a las fuerzas del orden locales si fuera necesario.
Repercusiones
b. El bibliotecario del condado está autorizado a suspender los privilegios de biblioteca de un usuario de conformidad con ARM 20-10-30.
Código de conducta del usuario
c. El siguiente Código de conducta del usuario se publicará en cada instalación y también estará disponible en forma de folleto:
Cumplimiento
1. Está estrictamente prohibido incumplir el reglamento de la biblioteca, así como las instrucciones o peticiones formuladas por el personal de la biblioteca en relación con dicho reglamento.
Destrucción
2. Está estrictamente prohibido destruir, robar o vandalizar la propiedad de la biblioteca, incluido manipular los sistemas tecnológicos o el hardware, el software y los datos de las computadoras.
Armas
3. Sujeto a las excepciones establecidas en las subsecciones (i) y (ii) a continuación, está estrictamente prohibido portar cualquier pistola, revólver u otra arma de fuego con características similares, o cualquier arma según se define en K.S.A. 21-6302, en un edificio de la biblioteca de cualquier tipo o en la propiedad de la biblioteca, incluidos los estacionamientos de la biblioteca.
(i) Esta sección 3 de ARM 20-10-50 no se aplicará al personal policial certificado o al personal contratado por la biblioteca para servicios de manejo de efectivo y autorizado a portar armas en el curso de sus deberes de conformidad con un contrato de servicio.
(ii) Esta sección 3 de ARM 20-10-50 no se aplicará a las personas que porten legalmente armas de fuego ocultas de conformidad con los términos de la Ley de Protección Personal y Familiar, K.S.A. 75-7c01, et seq., con sus enmiendas. Todas estas personas deberán cumplir con todas las regulaciones y leyes municipales, del condado, estatales y federales aplicables a la portación de armas de fuego ocultas.
Conducta disruptiva
4. No se permite el comportamiento peligroso o disruptivo. Esto puede incluir el uso del teléfono celular, hablar en voz alta, correr o cualquier comportamiento que sea perjudicial para los usuarios o el personal.
Conducta abusiva
5. No se permite el comportamiento abusivo hacia los usuarios o el personal de la biblioteca.
Lenguaje
6. No se permite el uso de lenguaje abusivo u obsceno en la biblioteca.
Fumar
7. Según se define en la política 60-10-50, no se permite fumar ni consumir tabaco en la biblioteca.
Comidas/Bebidas
8. Se permiten bebidas no alcohólicas en la biblioteca; las bebidas alcohólicas están prohibidas en la biblioteca o en las instalaciones de la biblioteca, excepto como se establece en ARM 20-80-30. La comida está permitida en la biblioteca siempre y cuando su consumo no sea perjudicial para otros usuarios y no dañe las instalaciones y la propiedad de la biblioteca.
Alcohol
9. Los usuarios no deben poseer ni consumir bebidas alcohólicas en la biblioteca o en las instalaciones de la biblioteca. Se pueden servir bebidas alcohólicas en áreas designadas de la biblioteca en eventos aprobados por la biblioteca, los Amigos de la Biblioteca del Condado de Johnson o la Fundación de la Biblioteca del Condado de Johnson, de conformidad con ARM 20-80-30.
Mascotas
10. No se admiten mascotas en la biblioteca. Los animales de servicio están permitidos según lo autorizado por la Ley de Estadounidenses con Discapacidades.
Patinar
11. Está prohibido patinar, andar en patineta y usar otros dispositivos similares (patinetes, aerotablas, etc.) en los edificios de la biblioteca y en cualquier propiedad de la biblioteca.
Estacionamiento
12. No está permitido participar en ninguna conducta que ponga en peligro a los usuarios de la biblioteca, sus vehículos, la propiedad de la biblioteca o al personal de la biblioteca en el estacionamiento de la biblioteca.
Uso de las estaciones de trabajo con computadoras de la
13. Queda prohibido el uso inadecuado de las estaciones de trabajo con computadoras de la biblioteca, tal como se define en el presente documento. Los miembros del personal de la biblioteca no tienen la obligación de supervisar el uso de las estaciones de trabajo con computadoras de la biblioteca y no aceptan ninguna responsabilidad de investigar la forma en que se utilizan esas estaciones de trabajo. Sin embargo, cuando un miembro del personal de la biblioteca observe a un usuario usando una estación de trabajo en violación de las siguientes subsecciones, se considerará que el usuario está usando la estación de trabajo de una manera inaceptable y se le pedirá que finalice inmediatamente el uso de la estación de trabajo:
a) Los usuarios no deben acceder ni exhibir material obsceno en las estaciones de trabajo con computadoras de la biblioteca. Véase K.S.A. 21-6401 con sus enmiendas. La difusión o exhibición de material obsceno es un delito en el estado de Kansas.
K.S.A. 21-6401.
b) Los usuarios no accederán ni mostrarán material obsceno cuando el destinatario del material obsceno sea un niño menor de dieciocho años. K.S.A. 21-6401, con sus enmiendas.
c) Los usuarios no deben usar las estaciones de trabajo con computadoras de la biblioteca de una manera que les permita poseer una imagen generada por computadora que contenga o incorpore de cualquier manera cualquier película, fotografía, negativo, fotocopia, cinta de video o disco láser de video en el que se muestre o escuche a un niño real menor de dieciséis años de edad participar en una conducta sexualmente explícita con la intención de despertar o satisfacer los deseos sexuales o apelar a los intereses lascivos del delincuente, del niño u otro. Consulte K.S.A. 21-5510, con sus enmiendas.
Procedimientos
d. El personal deberá mantener los procedimientos para manejar incidentes, de conformidad con la política de la Biblioteca.
14 de noviembre de 2024
ARM 20-10-50 Fin
Regulaciones administrativas
Pestaña: Servicios al usuario
N.º de documento: ARM 20-10-50
Sección: Resoluciones de la Junta Directiva de la Biblioteca
Asunto: código de conducta del usuario
